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Gasóleo A

El GASOLEO A ha sido creado para satisfacer los requerimientos de los modernos motores diesel de vehículos pesados y vehículos ligeros.

La fórmula con la que está desarrollado proporciona a los motores diesel un mayor rendimiento, reduciendo los costes de mantenimiento en cualquier tipo de vehículo

El GASEOLEO A es un gasóleo de alta calidad y constituye una solución completa para alargar la vida del motor diesel.

ficha de datos de seguridad gasoleo A

Información adicional

Propiedades:

  • Capacidad detergente
  • Poder anticorrosivo
  • Antiespumante
  • Antidesgaste (lubricidad)
  • Buenas cualidades a baja temperatura

Niveles de calidad:

  • Cumple con las especificaciones definidas por el Real Decreto 1088/2010 de 3 de septiembre de 2010.
  • Es conforme a la Directiva 2009/30/CE de 23 de Abril de 2009
  • Cumple con la norma europea CEN EN 590

Beneficios para su motor:

  • Limpieza de la cámara de combustión, pistones y sistema de inyección
  • Conducción suave
  • Mejora en la combustión
  • Ahorro de carburante
  • Disminuye desgaste en las bombas de inyección
  • Máxima protección de los motores
  • Mayor facilidad de arranque en frío
  • Reduce emisiones contaminantes
  • Reducción de ruido
  • Repostaje limpio, sin espumas ni salpicaduras


Gasóleo A Profesional

La Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, (BOE nº 286) establece la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos que grava el gasóleo para uso profesional.

El 27 de diciembre de 2006, se publicó la Orden Ministerial (Orden EHA/3929/2006, BOE nº 309) por la que se establece el procedimiento para la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos y de la cuotas correspondientes a la aplicación del tipo autonómico del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos por consumo de Gasóleo Profesional.

Información adicional:

¿Quiénes tienen derecho a la devolución?

Los titulares de los siguientes vehículos:

  • Los destinados al transporte de mercancías por carretera, con un PMA igual o superior a 7,5 toneladas
  • Los destinados al transporte de viajeros: autobuses
  • Los taxis

¿Qué tienen que hacer los clientes?

Inscribirse ante Hacienda en un registro territorial.* Contar con un sistema informático contable integrado con los aparatos medidores.* Presentar ante Hacienda la relación de suministro en el plazo de veinte días siguientes a la finalización de cada trimestre natural.*

Procedimiento a la devolución

Procedimiento para la devolución Los titulares del derecho a la devolución pagarán el precio total del gasóleo. Mediante devoluciones periódicas, Hacienda les devolverá parte del impuesto soportado en la adquisición del carburante.

Ley 36/2006
Orden EHA/3929/2006

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